Qué gastos de tu web puede deducir un autónomo
1. Dominio y hosting
El alquiler del dominio (.es, .com, .net…) y el hosting donde vive tu web son gastos ordinarios de la actividad. Deducibles al 100 % si están facturados a tu nombre como autónomo o a tu empresa. El importe habitual es de 50 a 200 €/año, según el plan de hosting.
2. Diseño y desarrollo web
El coste de crear la web (diseño a medida, maquetación, programación) puede deducirse en el año en que se paga si se trata de un gasto corriente, o amortizarse en varios años si se considera inmovilizado intangible. El criterio habitual de la AEAT: importes inferiores a 3.000 € se deducen de una vez en el ejercicio; importes superiores se amortizan. Consulta el criterio exacto con tu gestor antes de declarar.
3. Mantenimiento web mensual
Las cuotas mensuales de mantenimiento web (actualizaciones, copias de seguridad, soporte técnico, monitoreo) son gastos corrientes de la actividad. Se deducen íntegramente en el ejercicio en que se producen. El importe habitual oscila entre 39 y 149 €/mes, lo que supone 468-1.788 €/año deducibles.
4. Herramientas digitales de trabajo
Las suscripciones a herramientas digitales vinculadas a tu web o actividad profesional son deducibles si tienes factura de cada una:
- Email marketing: Mailchimp, Brevo, ActiveCampaign
- CRM y gestión de clientes: HubSpot, Pipedrive, Notion
- Diseño y creatividad: Adobe Creative Cloud, Canva Pro, Figma
- Almacenamiento y productividad: Google Workspace, Microsoft 365, Dropbox
- Reservas y citas online: Calendly, Acuity Scheduling, Booksy
Deducibles al 100 % si son de uso exclusivo profesional. Si el uso es mixto, solo la parte proporcional al trabajo.
5. Publicidad online (Google Ads, Meta Ads)
Cualquier inversión en publicidad digital para promocionar tu actividad es deducible al 100 %. Descarga las facturas desde el panel de facturación de Google o Meta cada mes — no siempre llegan por correo automáticamente y perder una puede costar más cara que la propia campaña en tiempo de reclamación.
6. Seguridad web y certificados SSL
Los costes de seguridad de tu web (certificado SSL de pago, plugins de seguridad, servicios anti-malware) son deducibles como parte del mantenimiento de tu infraestructura digital.
7. Fotografía y contenidos para la web
Si contratas a un fotógrafo profesional, un redactor o un diseñador gráfico para crear contenidos para tu web, el coste también es deducible. Pide siempre factura separada y comprueba que el concepto deja claro que es para el negocio.
Condiciones para que un gasto web sea deducible
Para que la Agencia Tributaria acepte un gasto digital como deducible en el IRPF (Estimación Directa), debe cumplir cuatro condiciones:
- Vinculado a la actividad económica: Debe haber una relación directa entre el gasto y tu trabajo como autónomo. Una web de negocio cumple esto por definición.
- Justificado con factura completa: No vale un ticket, un extracto bancario ni una captura de pantalla. Necesitas factura con NIF del emisor, fecha, concepto del servicio, base imponible e IVA desglosado.
- Registrado en contabilidad: El gasto debe aparecer en tu libro de gastos o en la contabilidad del ejercicio correspondiente.
- Imputado al período correcto: El gasto se deduce en el ejercicio en que se devenga, no necesariamente cuando se paga.
¿Puedes deducir el 100 % o solo una parte?
Si la web es exclusivamente profesional —lo habitual en cualquier autónomo con web de negocio—, puedes deducir el 100 % de todos los gastos relacionados.
Si el uso es mixto (mismo dominio o herramienta para cosas personales y profesionales), Hacienda solo admite la parte proporcional al uso profesional. En la práctica, si no puedes justificar el porcentaje exacto, lo más seguro es declarar un 50 % y documentar por qué.
Errores frecuentes al deducir gastos web
- No pedir factura: Pagar por Bizum, transferencia o tarjeta sin solicitar factura hace el gasto no deducible aunque el importe sea legítimo.
- Factura a nombre personal sin NIF de actividad: Si la factura tiene solo tu nombre particular sin indicar que eres autónomo o sin tu NIF fiscal, puede ser rechazada en una revisión.
- Confundir gasto corriente con inversión: Un proyecto de diseño de 5.000 € no se puede deducir íntegramente en un ejercicio. Hay que amortizarlo en varios años como inmovilizado intangible.
- Olvidar las facturas de publicidad online: Google y Meta no siempre envían facturas automáticamente. Descárgalas desde el panel de facturación cada mes sin esperar.
- No deducir las herramientas de suscripción: El hosting se suele recordar, pero muchos autónomos olvidan Canva Pro, Mailchimp, Calendly o el CRM que usan a diario.
Si Hacienda revisa tus gastos digitales
La AEAT puede pedir justificación de los gastos digitales en una revisión. Querrán ver facturas completas y que el gasto tenga relación razonable con los ingresos declarados. Las señales de alerta habituales: gastos digitales desproporcionados respecto a los ingresos, facturas sin desglose de IVA o servicios cuya vinculación con la actividad no queda clara.
Mantén un archivo digital de facturas bien organizado por año (una carpeta por ejercicio, facturas en PDF nombradas con fecha y proveedor) y verás que no hay motivo de preocupación. La mayoría de revisiones se cierran sin incidencia cuando la documentación está en orden.
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